El Claustro está constituido por el rector, que lo preside, el secretario general, el gerente y 300 claustrales distribuidos de la manera siguiente:
a) los decanos y los directores de escuela;
b) dos directores de instituto universitario de investigación propio, en representación de su totalidad;
c) los directores de departamento;
d) una representación del profesorado funcionario doctor de los cuerpos docentes universitarios distribuido entre facultades, escuelas y departamentos que, sumada al número de miembros natos funcionarios doctores que pertenecen a las categorías explicitadas en las letras a), b) y c), hagan un total de ciento cincuenta y tres personas;
e) una representación del resto del personal académico y del personal investigador en formación que ejerza funciones de docencia, proporcional a su número por facultades, escuelas y departamentos, que sean un total de veintisiete personas;
f) una representación de los estudiantes de cada centro, proporcional al número de estudiantes de cada una de las facultades y escuelas, que sean un total de noventa, y de los que al menos un 5% será de doctorado;
g) una representación del personal de administración y servicios laboral y funcionario hasta un total de treinta.
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