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Reglamento del Servicio de Bibliotecas
 Acceso 
Préstamo
Acceso a las colecciones del CBUC

Según el artículo 25 del Reglamento del Servicio de Bibliotecas de la UAB :

25.1. Se considera usuario del Servicio de Bibliotecas toda persona que sea miembro de la comunidad universitaria:
  • Profesores de la UAB y de centros adscritos a la UAB
  • Estudiantes de la UAB y de centros adscritos a la UAB
  • Becarios de investigación de la UAB y estudiantes de doctorado de otras universidades con las que se establezca un régimen de reciprocidad
  • Profesores e investigadores de institutos y centros de investigación, propios y adscritos a la UAB
  • Personal de administración y servicios de la UAB
  • Profesores y personal de administración y servicios jubilados, de la UAB
  • Profesores de otras universidades con las que se establezca un régimen de reciprocidad 
  • Miembros de la Asociación de Amigos de la UAB
25.2. Estos usuarios podrán consultar libremente los fondos y podrán acceder al préstamo domiciliario, de acuerdo con la normativa que regula el uso, siempre que se identifiquen con el carnet que les acredita como miembros de la comunidad universitaria, o con el carnet que facilita el Servicio de Bibliotecas de la UAB.

25.3. El público no vinculado directamente con la UAB podrá acceder con la autoritzación del jefe de la biblioteca donde quiera hacer la consulta, o con el aval de un centro, un departamento o un instituto propio de la UAB.

25.4. La universidad podrá establecer convenios que validen, como usuarios de pleno derecho, miembros de otras instituciones. Los usuarios externos también podrán adquirir la condición de usuarios del Servicio de Bibliotecas abonando la tarifa anual que, por este concepto, apruebe el Consejo Social de la Universidad.

25.5. Dentro de las instalaciones de las bibliotecas no se permite fumar, comer, beber, hablar en voz alta, ni tener un comportamiento que pueda molestar al resto de usuarios.

25.6. La consulta de la base de datos bibliográfica de la UAB es libre para todos los usuarios.

25.7. La impresión de datos y la consulta a otras bases de datos estará sometida a tarifas y a una normativa específica.

25.8. En el caso que el usuario necesite un documento no disponible en los fondos de les bibliotecas de la UAB, podrá solicitarlo a través de Préstamo Interbibliotecario . Esta sección informará al usuario de las condiciones y de las tarifas vigentes.

25.9. Los usuarios disponen de servicios de reprografía, que serán utilizados según las condiciones determinadas por la lei y normativas vigentes

 

 

 

 

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